Extranjería · 7 min de lectura

Reagrupación familiar: cuántos ingresos hay que acreditar

La pregunta que más nos hacen antes de una reagrupación familiar es cuánto dinero hay que demostrar. La respuesta depende de cuántas personas formarán la familia en España.

Por MY WAY · Actualizado en septiembre de 2026

Nóminas y extractos bancarios preparados para acreditar ingresos en una reagrupación familiar
En resumen

Para reagrupar a un familiar hay que acreditar ingresos estables de al menos el 150 % del IPREM para una familia de dos personas, más un 50 % del IPREM por cada familiar adicional. Con el IPREM de 2026, de 600 euros al mes, eso supone 900 euros mensuales para dos personas y 300 euros más por cada miembro adicional. Cuando se reagrupa a menores, la cuantía puede reducirse.

Cuánto hay que acreditar

La cantidad se calcula sobre el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), un indicador público que se actualiza periódicamente. El Reglamento de Extranjería fija el 150 % del IPREM para una unidad familiar de dos personas, es decir, quien reagrupa y un familiar. Por cada persona más se suma un 50 % del IPREM.

Personas en la unidad familiarIngresos mínimos al mes (IPREM 2026)Al año
2 (tú y un familiar)900 €10.800 €
31.200 €14.400 €
41.500 €18.000 €
51.800 €21.600 €
62.100 €25.200 €

Son cifras orientativas calculadas con un IPREM de 600 euros mensuales. Si el indicador se actualiza, las cantidades cambian.

La unidad familiar incluye a quien reagrupa, a los familiares que ya viven con él en España y a los que se quiere traer. Si ya vives con tu pareja y quieres reagrupar a un hijo, cuentan las tres personas.

Tres ejemplos prácticos

Reagrupar a la pareja

Ahmed vive en España con una autorización de trabajo y quiere traer a su esposa. La unidad familiar es de dos personas, así que necesita acreditar al menos 900 euros al mes.

Reagrupar a la pareja y a dos hijos

Lucía quiere traer a su marido y a sus dos hijos. La familia en España será de cuatro personas: necesita al menos 1.500 euros al mes, salvo que pueda aplicarse la reducción por menores.

Reagrupar a la madre

Carlos quiere traer a su madre, que depende económicamente de él. Además de los ingresos, para reagrupar ascendientes se exigen requisitos adicionales y, en general, ser residente de larga duración.

La reducción cuando se reagrupa a menores

El nuevo reglamento permite rebajar la cuantía cuando se reagrupa a hijos menores y así lo aconseja su interés. En ese caso, la referencia deja de ser el IPREM y pasa a ser un porcentaje de la renta garantizada del Ingreso Mínimo Vital, con un pequeño incremento por cada menor adicional.

No se aplica de forma automática: hay que justificar las circunstancias que la aconsejan. Conviene revisar si tu caso encaja antes de presentar la solicitud, porque puede marcar la diferencia para familias con ingresos ajustados.

Qué ingresos cuentan y cuáles no

Los ingresos deben ser estables y periódicos. Cuentan, por ejemplo:

  • La nómina de un trabajo por cuenta ajena.
  • Los rendimientos de una actividad por cuenta propia.
  • Pensiones y otros ingresos regulares.
  • En algunos casos, los ingresos del cónyuge o pareja que ya reside legalmente en España.

En cambio, no se tienen en cuenta:

  • Las ayudas del sistema de asistencia social.
  • Las ayudas al estudio o a la vivienda.
  • Las pensiones de alimentos o compensatorias, salvo que se destinen a la persona reagrupada.

También se valora la previsión de que esos ingresos se mantengan durante el año siguiente. Un contrato temporal que termina en dos meses es más débil que uno indefinido, aunque el importe sea el mismo.

Cómo se acreditan los ingresos

Depende de tu situación laboral:

SituaciónDocumentos habituales
Trabajador por cuenta ajenaContrato de trabajo, últimas nóminas, informe de vida laboral y, si la hay, última declaración de la renta
AutónomoDeclaraciones fiscales de la actividad, declaración de la renta y alta en la Seguridad Social
PensionistaCertificado de la pensión y su importe

Los documentos deben ser recientes y coherentes entre sí. Si hay algo que puede generar dudas, como un cambio de empresa reciente, conviene explicarlo desde el principio.

Los demás requisitos

Los medios económicos son solo una parte. Quien reagrupa también debe, en general:

  • Haber residido legalmente en España al menos un año y tener autorización para residir otro año más.
  • Disponer de una vivienda adecuada para la familia, normalmente acreditada con un informe oficial.
  • Garantizar asistencia sanitaria para los familiares.

Para reagrupar a padres u otros ascendientes, los requisitos son más exigentes y, en general, se pide ser residente de larga duración.

¿Y si el reagrupante es español?

Los familiares de personas con nacionalidad española siguen un régimen distinto, con requisitos propios. No se aplican las mismas cuantías del régimen general. Si tu pareja es española, o si tú lo eres, revisa esta vía antes de preparar el expediente.

Errores frecuentes

  • Contar mal la unidad familiar: olvidar a los familiares que ya viven contigo.
  • Sumar ayudas sociales: no computan como ingresos.
  • Presentar solo el contrato: hay que demostrar ingresos reales, no solo previstos.
  • Ingresos que terminan pronto: se valora que se mantengan el año siguiente.
  • Olvidar la vivienda: sin informe de vivienda adecuada, el expediente se para.

¿Quieres saber si llegas al mínimo?

Revisamos tus ingresos, tu residencia y tu vivienda, y te decimos si puedes reagrupar a tu familia y qué te falta.

Consultar mi caso

Más información en nuestra página sobre la reagrupación familiar en España.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto hay que ganar para reagrupar a un familiar?

Al menos el 150 % del IPREM para una familia de dos personas. Con el IPREM de 2026, unos 900 euros al mes, más 300 euros por cada familiar adicional.

¿Se puede reducir la cantidad si reagrupo a mis hijos?

Sí. Cuando se reagrupa a menores y lo aconseja su interés, la cuantía puede rebajarse tomando como referencia el Ingreso Mínimo Vital.

¿Cuentan las ayudas sociales como ingresos?

No. Las ayudas del sistema de asistencia social, al estudio o a la vivienda no se computan.

¿Cuentan los ingresos de mi pareja?

En algunos casos, si reside legalmente en España y forma parte de la unidad familiar. Conviene revisarlo según tu situación.

¿Hay que volver a demostrar ingresos al renovar?

En la renovación de la autorización del familiar reagrupado se revisan otros requisitos, como mantener el vínculo familiar. Te confirmamos qué se pide en tu caso.

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