Movilidad internacional · 7 min de lectura
Cómo contratar a un trabajador extranjero que está fuera de España
Has encontrado al candidato ideal, pero vive fuera de España y no es ciudadano de la UE. Este es el camino habitual para incorporarlo a tu empresa, paso a paso.
Por MY WAY · Actualizado en septiembre de 2026
Para contratar a un trabajador de fuera de la UE que vive en su país, la empresa española solicita primero una autorización de residencia y trabajo. Cuando se concede, el trabajador pide el visado en el consulado español, viaja a España, la empresa lo da de alta en la Seguridad Social y él solicita su tarjeta de identidad de extranjero. La vía concreta depende del puesto y del perfil, y elegirla bien es lo que más influye en el plazo.
Cada vez más empresas españolas buscan talento fuera: ingenieros, técnicos especializados, perfiles tecnológicos, personal sanitario u oficios con escasez de candidatos. El proceso para incorporarlos no es complicado si se sigue en orden, pero tiene varias fases y en cada una intervienen personas distintas. Conocerlo evita sorpresas en el calendario.
Antes de empezar: ¿hace falta autorización?
No siempre. Los ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza pueden trabajar en España sin autorización de trabajo. Solo deben registrarse como residentes si se quedan más de tres meses.
Tampoco hace falta este procedimiento si el candidato ya vive legalmente en España con una autorización que le permite trabajar. Y si reside en España con otra autorización, por ejemplo de estudios, a menudo puede modificarla sin salir del país. Este artículo se centra en el caso más habitual: un candidato de fuera de la UE que vive en su país.
Paso 1: elegir la vía
No hay un único "permiso de trabajo". Antes de empezar hay que decidir qué procedimiento corresponde. Los más frecuentes son:
Vía general de trabajo por cuenta ajena
Sirve para la mayoría de puestos. Salvo excepciones, se tiene en cuenta la situación nacional de empleo: que el puesto figure en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura o que no se haya podido cubrir con candidatos del mercado laboral español.
Profesionales altamente cualificados
Pensado para directivos y perfiles especializados. Suele ser más ágil, se tramita de forma centralizada y no depende de la situación nacional de empleo.
Tarjeta azul UE
Para trabajadores con titulación superior o experiencia profesional equivalente. Facilita además la movilidad posterior dentro de la Unión Europea.
Traslado intraempresarial
Si el trabajador pertenece a otra sede del mismo grupo empresarial fuera de España y se desplaza temporalmente a la filial española.
Elegir bien la vía es lo que más influye en el plazo total. Un perfil que encaja como altamente cualificado puede tardar bastante menos que si se tramita por la vía general.
Paso 2: preparar la documentación
Intervienen dos partes, y cada una aporta sus documentos.
| La empresa | El trabajador |
|---|---|
| Documentación que acredita la empresa y a su representante | Pasaporte en vigor |
| Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social | Certificado de antecedentes penales |
| Contrato u oferta con las condiciones del puesto | Títulos o acreditación de experiencia, si el puesto lo exige |
| Según la vía, memoria o justificación del puesto | Según el caso, seguro o certificado médico |
Los documentos extranjeros suelen necesitar apostilla o legalización y traducción jurada. Este paso tarda más de lo que parece, sobre todo si el trabajador tiene que pedir documentos en otra ciudad o si su país no forma parte del Convenio de La Haya.
Paso 3: solicitar la autorización
La solicitud la presenta la empresa ante la Administración española, normalmente por vía electrónica. Si la documentación está incompleta o hay algo que aclarar, llegará un requerimiento que hay que responder dentro de plazo. Un expediente bien preparado desde el principio evita la mayoría de estos requerimientos.
Paso 4: el visado
Con la autorización concedida, el trabajador debe pedir el visado en el consulado español de su país dentro del plazo que indica la notificación. En el consulado le pedirán, entre otros, el pasaporte y los documentos que acreditan que no hay impedimentos para su entrada.
Sin visado no puede entrar a trabajar. Este paso depende de la carga de trabajo de cada consulado, y en algunos países conseguir cita puede llevar tiempo.
Paso 5: llegada e incorporación
Una vez en España, quedan dos trámites importantes:
- La empresa da de alta al trabajador en la Seguridad Social. Sin esta alta, la autorización puede quedar sin efecto.
- El trabajador solicita su tarjeta de identidad de extranjero, con cita previa y toma de huellas.
Ambos trámites tienen plazos. Conviene tenerlos anotados desde el primer día para que la incorporación no se complique justo al final.
Cómo planificar los plazos
El plazo total suma varias fases: preparar documentos, resolver la autorización, conseguir el visado y viajar. Por eso la fecha de incorporación debe fijarse al final del análisis, no al principio. Una forma práctica de planificar:
- Decidir la vía en cuanto se elige al candidato.
- Pedir en paralelo los documentos del trabajador y los de la empresa.
- Presentar la solicitud con el expediente completo.
- Preparar la cita consular mientras se resuelve la autorización.
- Fijar la fecha de incorporación cuando el visado esté concedido.
Errores que retrasan la contratación
- Fijar la fecha de incorporación antes de conocer la vía: genera expectativas que luego no se cumplen.
- Tramitar por la vía general a un perfil cualificado: se pierde tiempo con requisitos que otro procedimiento no exige.
- Documentos sin apostillar o sin traducir: devuelven el expediente al principio.
- No vigilar los plazos tras la llegada: el alta y la tarjeta también tienen fechas.
La información es orientativa y la normativa de extranjería puede cambiar. Cada contratación tiene matices que conviene revisar antes de empezar.
¿Vas a contratar a alguien de fuera?
Cuéntanos el puesto y el perfil. Te decimos qué vía corresponde, en qué plazo aproximado y con qué coste cerrado.
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Preguntas frecuentes
¿Quién solicita el permiso, la empresa o el trabajador?
En la vía general, la empresa que contrata. El trabajador interviene después, al pedir el visado y la tarjeta.
¿Hay que demostrar que no hay candidatos en España?
En la vía general suele valorarse la situación nacional de empleo, salvo que el puesto esté en el catálogo de difícil cobertura o se trate de un procedimiento que no lo exige, como el de profesionales altamente cualificados.
¿Puede empezar a trabajar mientras se tramita?
No. Debe esperar a tener la autorización concedida y el visado.
¿Cuánto tarda todo el proceso?
Depende de la vía, de la oficina que lo tramita y del consulado. Los procedimientos para perfiles cualificados suelen ser más rápidos que la vía general.
¿Hace falta permiso para contratar a un ciudadano de la UE?
No. Puede trabajar sin autorización, aunque debe registrarse como residente si se queda más de tres meses.